Mociones
¿Qué es una moción?
Una moción es un documento pidiéndole al juez que ordene algo en un caso existente. Usted no podrá comenzar un caso presentando una moción. Por ejemplo, si usted necesita más tiempo para responder a una demanda o petición, usted podrá presentar una moción para extender el tiempo para responder.
Esta página de Internet describe generalmente los procedimientos básicos para mociones bajo La Regla de Procedimiento Civil de Utah 7 (práctica de la moción) (Inglés) y La Regla de Procedimiento Civil de Utah 101 (práctica de la moción ante el comisionado judicial) (Inglés). Revise las reglas judiciales para una descripción completa de los requisitos.
Esta página enumera varias mociones específicas, pero no describe los detalles de estas mociones. El tribunal no tiene ningún formulario para estas mociones, aparte de los formularios genéricos enumerados en la sección de "Formularios". La sección "Otras Mociones" contiene enlaces a páginas de Internet para mociones específicas para las cuales sí tenemos formularios especiales
Los jueces pueden dictaminar en todo tipo de casos. Sin embargo, en los Distritos Judiciales 1, 2, 3 y 4 los Comisionados son asignados en la mayor parte de los casos de divorcio y otros tipos de casos de ley familiar. Las mociones resueltas por un Juez y las mociones resueltas por un Comisionado tienen procedimientos distintos. Si usted no está seguro si su caso ha sido asignado a un Juez o Comisionado, entérese. Llame al Tribunal, o mire el título de la demanda o de la petición. Si el nombre del Comisionado aparece en el título, la moción probablemente será resuelta por un Comisionado.
Las Mociones resueltas por un Juez se rigen por URCP7 (Inglés). Las Mociones resueltas por un Comisionado se rigen por URCP 101 (Inglés).
Mociones resueltas por un Juez
Parte Actora
Usted es la parte "actora" si usted es quien presenta la moción.
- Escriba a máquina o con letra de molde y exponga claramente la moción. Organice sus oraciones en párrafos que tengan lógica. Formule oraciones sencillas y claras. Si usted hace los documentos fácil de leer, el Juez los entenderá mejor.
- Coloque un título en la moción para explicar lo que quiere que el juez ordene. Por ejemplo, si necesita solicitarle al juez un cambio de fecha para una audiencia, el título de su moción deberá ser: "Moción de cambio de fecha de la audiencia".
- La moción deberá explicar lo que usted desea y la razón por la que lo quiere. Incluya hechos relevantes en sustento a su demanda y sea claramente específico en relación a lo que usted quiere que el juez ordene.
- Cite cualquiera de las leyes, ordenanzas, reglas u opiniones de apelación que sustenten sus argumentos.
- Usted puede solicitar una audiencia como parte de la moción. El Juez puede otorgar su petición o puede tomar una decisión de la moción basado en los documentos sin necesidad de una audiencia.
- La moción podrá ser de hasta 15 páginas a doble espacio.
Si usted sabe que la otra parte está de acuerdo con su moción, coordine con la otra parte para llenar y presentar una estipulación de la moción.
Si la otra parte presenta un memorándum en oposición a la moción, usted podrá presentar una respuesta al memorándum en sustento a la moción, pero sólo para responder a algo que se mencionó por primera vez en el memorándum de oposición.
Parte Opositora
Usted podrá presentar una estipulación si está de acuerdo con la moción que le entregó la parte actora. Si usted y la parte actora ya están de acuerdo con una moción, coordinen para llenar y presentar una estipulación de la moción. Por ejemplo, si los dos están de acuerdo para un cambio de fecha de una audiencia, entonces podrán presentar juntos una estipulación de la moción para el cambio de fecha de una audiencia.
Si usted se opone a la moción, llene y presente un memorándum en oposición a la moción
- Escriba a máquina o con letra de molde y exponga claramente en el Memorándum en Oposición a la moción. Formule oraciones sencillas y claras. Organice sus oraciones en párrafos que tengan lógica. Si usted hace los documentos fácil de leer, el Juez los entenderá mejor.
- El memorándum en oposición a la moción identifica las porciones de la moción con las que usted no está de acuerdo. Usted deberá exponer los hechos para que el juez los pueda utilizar como pruebas para resolver una moción.
- Si usted no está de acuerdo con los argumentos legales en la moción, explique en su memorándum en oposición la razón por la cual la moción no está sustentada por la ley.
- Cite cualquiera de las leyes, ordenanzas, reglas u opiniones de apelación que sustenten sus argumentos.
- Usted puede solicitar una audiencia como parte del memorándum en oposición a la moción. El juez puede otorgar su petición o puede resolver la moción basado en los documentos sin tener una audiencia.
- La declaración al juez podrá ser de hasta 15 páginas a doble espacio.
Si usted quiere que el juez haga algo aparte de negar la moción, usted tiene que presentar su propia contra moción.
Petición para someterse a una decisión
La moción no será entregada al Juez para resolverla hasta que una de las partes llene y presente una Solicitud para Someterse a una decisión. Cualquiera de las partes podrá presentar una solicitud para someterse a una decisión, pero alguien debe hacerlo. Si una de las partes la presenta, la otra parte no lo hace.
No presente la Solicitud para someterse a una decisión hasta que la Respuesta al memorándum para sustentar una moción haya sido presentada o hasta después de que el plazo para presentar la respuesta haya terminado. Si no hay un Memorándum en oposición a la moción, entonces presente la Solicitud para someterse a una decisión después de que el plazo para presentar el memorándum de oposición haya expirado. Usted podrá solicitar una audiencia como parte de la Solicitud para someterse a una decisión. Ésta deberá ser presentada aun si las partes se ponen de acuerdo con respecto a la moción.
Vea el diagrama abajo para los plazos de presentación.
Audiencia
Si usted quiere presentar alegatos orales así como también alegatos por escrito al Juez, usted tiene que solicitar una audiencia.
Si una decisión sobre la moción podría desestimar el caso, como una moción del juicio sumario, entonces el Juez tendrá una audiencia si al menos una de las partes requiriera una. Si una decisión sobre la moción no desestimaría el caso, entonces el Juez podría resolver la moción basado en los documentos, sin una audiencia, aun si las partes han solicitado una. El Juez podría ordenar una audiencia aun si ninguna de las partes solicita una. Si una de las partes solicita una audiencia y la otra parte no, ambas partes tendrían la oportunidad de presentar alegatos orales, si una audiencia se efectúa.
La parte que solicita la audiencia deberá programarla con el personal del juez. El ser cortés permite que la parte que hace la solicitud programe la audiencia en una fecha y hora conveniente para todas las partes y para el Juez.
Documentos para Mociones Resueltas por el Juez