Moción para que se otorgue el divorcio y el resto de los asuntos se resuelva posteriormente (Bifurcar el divorcio)

 

Esta página no contiene todos los formularios necesarios para un divorcio bifurcado. Contacte al Centro de Ayuda de los Tribunales de Utah para obtener ayuda con este proceso.

 

¿Qué es una Moción para que se otorgue el divorcio y el resto de los asuntos se resuelva posteriormente

En algunas situaciones el juez otorgará un divorcio pero reservará otros asuntos (tales como custodia de los hijos, manutención de menores, división de bienes, y pensión conyugal) para ser resueltos más adelante. A este proceso se le llama bifurcación. Esto permite que las partes puedan volver a contraer matrimonio más pronto, pero significa que la resolución de otros asuntos podría tomar más tiempo.

Cualquiera de las partes puede pedir al tribunal que se bifurque el caso por medio de la presentación de una Moción para que se otorgue el divorcio y el resto de los asuntos se resuelva posteriormente.

Ley de Utah del Procedimiento Civil 42.

 

Causales para la bifurcación

La parte que pide al tribunal que otorgue el divorcio y que se resuelva posteriormente el resto de los asuntos debe explicar en su moción por qué:

  • sería más conveniente para las partes que se otorgue el divorcio y posteriormente se resuelva el resto de los asuntos
  • el no otorgar el divorcio inmediatamente podría resultar en un daño, y
  • el resolver otros asuntos más adelante no dañaría o perjudicaría a las partes.

¿Su moción será decidida por un juez o por un comisionado?

Es importante saber quién va a tomar la decisión concerniente a su moción. Porque dependiendo de quién decida su moción usted seguirá diferentes procesos y plazos.  

Si usted ya sabe quién va a tomar la decisión, siga adelante para leer sobre cómo presentar una moción decidida por un juez o cómo presentar una moción decidida por un comisionado. Si no está seguro, vea en el encabezado de la demanda o de la petición. También podría contestar las preguntas que siguen: 


Si usted tiene un caso de divorcio, custodia, paternidad, separación temporal, o de orden de protección o un caso sobre la modificación de una orden en uno de estos casos, la moción podría ser decidida por un comisionado. Conteste la siguiente pregunta. 

No
Su moción será decidida por un juez. Avance hacia abajo hasta Cómo presentar una moción decidida por un juez.


Si su caso de derecho familiar (divorcio, custodia, paternidad, separación temporal, o de orden de protección) fue presentado en los distritos judiciales 1.º, 2.º, 3.º y 4.º, entonces su caso será decidido por un comisionado. Avance hacia abajo hasta Cómo presentar una moción decidida por un comisionado. 

No
Si su caso fue presentado en otro distrito judicial, entonces su caso será escuchado por un juez. Avance hasta Cómo presentar una moción decidida por un juez.

No sé
Si no está seguro de dónde fue presentado su caso o si será decidido por un juez o por un comisionado, investíguelo contactando al tribunal.

Cómo presentar su moción

Paso número 1: Llene sus documentos y preséntelos
Empiece con la moción. Escoja la adecuada para su situación de la sección de formularios al final de la página. Estos son algunos consejos para ayudarle con su moción:

  • Escriba la moción a máquina o con letra de molde clara. Use frases cortas. Haga que su moción sea fácil de leer para ayudarle al comisionado a entenderla. 
  • Titule la moción con lo que usted quiera que el tribunal ordene.  Por ejemplo, si usted necesita pedir al tribunal que cambie los plazos para el intercambio de pruebas en su caso, usted puede titular su moción "Moción para cambiar los plazos para el intercambio de pruebas".
  • Diga lo que quiere y porque lo quiere. Incluya detalles relevantes que respalden lo que usted está pidiendo. Sea claro en cuanto a lo que usted quiere que el comisionado ordene. 
  • Cite cualquier estatuto, mandato, ley, u opinión judicial, que respalde sus argumentos.
  • Usted puede pedir una audiencia como parte de la moción. El comisionado puede otorgarle la audiencia que pide o podría tomar una decisión sobre la moción sin una audiencia, solo basándose en los documentos. 
  • La mayoría de las mociones pueden ser de hasta 10 páginas a doble espacio. Si no está seguro en cuanto a los límites de páginas lea la Ley de Utah del Procedimiento Civil 101(i)
  • Porque usted es la parte que está presentando la moción, usted es la "parte actora." La otra parte es algunas veces llamada la "parte opositora". 

Después de que usted llene la moción, asegúrese de llenar también un Aviso de audiencia. Usted puede tratar de contactar al tribunal para que le ayude a programar su audiencia y a llenar el Aviso de audiencia.

Presente ambos, la moción y el Aviso de audiencia en el tribunal

Si usted no presenta un Aviso de audiencia, es posible que el tribunal podría no programe su audiencia. Si no hay una audiencia programada, el comisionado nunca leerá su moción.  

¿Está usted presentando elementos de prueba junto con su moción? Si es así, lea más sobre elementos de prueba a continuación.

Paso número 2: Haga la entrega formal de documentos a las otras partes en su caso
Si usted sabe que las otras partes en su caso están de acuerdo con su moción, pídales que firmen su moción y escriban que están de acuerdo con lo que usted está pidiendo en su moción. 

Si las otras partes no están de acuerdo, usted necesitará que se les  entregue formalmente los documentos a ellos. 

Paso número 3: Espere, responda a cualquier otro documento, y asista a la audiencia
Si la otra parte presenta un Memorándum en oposición a la moción, usted podría presentar un Memorándum de respuesta sustentando la moción, pero solo para responder a algo que se planteó por primera vez en el memorándum de oposición. Escoja el formulario adecuado para su situación en la sección de formularios al final de la página.

El tribunal programará una audiencia. Asegúrese de asistir. Para más información vea nuestra página sobre Comparecencia en el tribunal

El recuadro de abajo tiene más información sobre cuándo es que los documentos deben ser presentados. Si la parte opositora presenta una contra moción, más abajo puede ver plazos y fechas límites adicionales:  

DocumentosQuién los presentaPlazo para la presentación y la entrega formal
MociónParte actoraHacer la entrega formal por lo menos 28 días antes de la audiencia
Memorándum en oposición a la mociónParte opositoraPor lo menos 14 días antes de la audiencia
Memorándum de respuesta sustentando la mociónParte actoraPor lo menos 7 días antes de la audiencia

 

Documentos de contra mocionesQuién los presentaPlazo para la presentación y la entrega formal
Contra moción (debe ser entregada formalmente junto con el Memorándum en oposición a la moción)Parte opositoraPor lo menos 14 días antes de la audiencia
Memorándum en oposición a la contra mociónParte actora inicialPor lo menos 7 días antes de la audiencia
Memorándum de respuesta sustentando la contra mociónParte opositoraPor lo menos 3 días hábiles antes de la audiencia

Paso  número 1: Llene sus documentos y preséntelos al tribunal
Empiece con la moción. Escoja la adecuada para su situación en la sección formularios al final de la página. Aquí hay algunos consejos para ayudarle con su moción:

  • Escriba la moción a máquina o con letra de molde clara. Use frases cortas. Haga que su moción sea fácil de leer para ayudarle al juez a entenderla. 
  • Titule la moción con lo que usted quiera que el juez ordene.  Por ejemplo, si usted necesita pedir al juez que cambie los plazos para el intercambio de pruebas en su caso, usted puede titular su moción "Moción para cambiar los plazos para el intercambio de pruebas".
  • Diga lo que quiere y porque lo quiere. Incluya detalles relevantes que respalden lo que usted está pidiendo. Sea claro en cuanto a lo que usted quiere que el juez ordene. 
  • Cite cualquier, estatuto, mandato, ley, u opinión judicial que respalde sus argumentos.
  • Usted puede pedir una audiencia como parte de la moción. El juez puede otorgarle la audiencia que pide o podría tomar una decisión sobre la moción sin una audiencia, solo basándose en los documentos. 
  • La mayoría de las mociones pueden ser de hasta 15 páginas a doble espacio. Si no está seguro en cuanto a los límites de páginas lea la Ley de Utah del Procedimiento Civil 7(q)
  • Porque usted es la parte que está presentando la moción, usted es la "parte actora". La otra parte es algunas veces llamada la "parte opositora".  

Presente su moción en el tribunal

¿Está usted presentando elementos de prueba con su moción? Si la respuesta es sí, lea más abajo sobre elementos de prueba.

Paso número 2: Haga la entrega formal de documentos a las otras partes en su caso
Si usted sabe que las otras partes en su caso están de acuerdo con su moción, pídales que firmen su moción y escriban que están de acuerdo con lo que usted está pidiendo en su moción.

Si las otras partes no están de acuerdo, usted necesitará que se les haga la entrega formal de documentos a ellos. 

Paso número 3: Espere, dé respuesta a cualquier otro documento, y después presente una Solicitud para someterse a una decisión y la orden propuesta 
Si la otra parte presenta un Memorándum en oposición a la moción, usted podría presentar un Memorándum de respuesta sustentando la moción, pero solo para responder a algo que se planteó por primera vez en el memorándum de oposición. Escoja el formulario adecuado para su situación en la sección de formularios al final de la página.

Pase lo que pase, asegúrese de presentar una Solicitud para someterse a una decisión y la orden propuesta. El tribunal podría no tomar una decisión sobre su moción sino hasta que usted presente estos papeles.  Lo más pronto que puede usted presentar esto es 14 días después de que presente y haga entrega formal de la moción. Escoja los formularios adecuados para su situación en la sección de formularios al final de la página. 

El tribunal podría programar una audiencia. Si lo hacen, asegúrese de asistir. Para más información, vea nuestra página sobre Comparecencia en el tribunal

Si necesita ayuda referente a una orden, lea abajo en la sección órdenes.

El siguiente recuadro tiene más información sobre cuando es que los documentos deben ser presentados.  

DocumentosQuién los presentaPlazo para la presentación y la entrega formal
MociónParte actora 
Memorándum en oposición a la mociónParte opositoraDentro de los primeros 14 días después de que la parte actora hace la presentación y entrega formal de la moción
Memorándum de respuesta sustentando la mociónParte actoraDentro de los primeros 7 días después de que la parte opositora hace la presentación y entrega formal del Memorándum en oposición a la moción 
Solicitud para someterse a una decisiónParte actoraDespués de que el último documento en esta lista es presentado, o antes si la parte opositora no presenta un Memorándum en oposición a la moción. Pero no antes de 14 días de haber hecho la presentación y entrega formal de la moción. 

 

Después de que se ha tomado una decisión en cuanto a la moción

Si el juez o el comisionado deniegan la moción, las partes pueden continuar con el Proceso de divorcio.

Si el juez o el comisionado aprueban la moción, la parte actora debe presentar los siguientes documentos para la revisión y firma  del juez:

  • Declaración jurada de jurisdicción y causales para el divorcio
  • Determinaciones de hecho y conclusiones de derecho
  • Decreto de divorcio

Estos formularios no están disponibles en esta página. Por favor contacte al Centro de Ayuda de los Tribunales de Utah para obtener ayuda con este proceso.

Una vez que el juez firma el decreto de divorcio, las partes están divorciadas. Aún si el juez concede la orden sobre la Moción para que se otorgue el divorcio y el resto de los asuntos se resuelva posteriormente, las partes no están divorciadas sino hasta que el juez firme el decreto de divorcio.

Las partes necesitarán resolver el resto de los asuntos en su caso a través de un acuerdo o de un juicio.

 

Resolución de los asuntos restantes por medio de acuerdo o llevando el caso a juicio

Si un juez o un comisionado aprueban la moción, las partes pueden estar divorciadas pero deben continuar con el proceso del tribunal para resolver cualquier asunto pendiente (tal como custodia de los hijos, manutención de menores, división de bienes, y pensión conyugal.)

Para resolver asuntos pendientes, podría ser necesario que las partes asistan a mediación. Si las partes no pueden resolver los asuntos relacionados con custodia de los hijos, cualquiera de las partes podría solicitar una Evaluación de custodia de los hijos.

Si las partes no pueden llegar a un acuerdo por sí mismos o en mediación, cualquiera de las partes puede pedir al tribunal que programe una audiencia conciliatoria y proceda a juicio.

 

Formularios

 

Información sobre la presentación de documentos por correo electrónico en casos existentes

 

Los formularios que necesita dependen de si su caso está ante un comisionado o un juez.

Formularios para la parte actora
Formularios requeridos de la parte actora
  • 1561.8FA
  • 1111FA
  • 1562FA
Formularios opcionales para la parte actora
    • 1108FA
      (para ser usada con elementos de prueba, si los hubiera
    • 1109FA
      (usado para describir elementos de prueba voluminosos si los hubiera)
    • 1105FA
      (si la otra parte está de acuerdo con la moción después de que ésta ha sido presentada)
    • 1107FA
      (si alguien que no sea la parte actora tiene una declaración que hacer)
    • 1106FA
      (si la otra parte no está de acuerdo con la moción y la parte actora desea responder)
    • 1113FA
      (Usada para oponerse a la orden propuesta)
    Formularios para la parte opositora
    Formularios requeridos de la parte opositora
    • 1104FA
    Formularios opcionales para la parte opositora
      • Contra moción- PDF | Word
        (si la parte opositora tiene nuevos argumentos que hacer en respuesta a la moción de la parte actora)
      • 1108FA
        (para ser usada con elementos de prueba, si los hubiera)
      • 1109FA
        (usado para describir elementos de prueba voluminosos, si los hubiera)
      • 1105FA
        (si la otra parte está de acuerdo con la moción después de que esta ha sido presentada)
      • 1112FA
        (si se le pide a la parte opositora que escriba la orden)
      • 1113FA
        (Usada para oponerse a la orden propuesta)

      Formularios para la parte actora
      Formularios requeridos de la parte actora
      • 1561FA
      • 1110FA
        (se presenta después de que todos los documentos hayan sido presentados o el período de tiempo para que la otra parte responda haya transcurrido)
      • 1562FA
      Formularios opcionales para la parte actora
        • 1102FA
          (si ambas partes están de acuerdo con la moción antes de que sea presentada)
        • 1105FA
          (si la otra parte está de acuerdo con la moción después de que esta ha sido presentada)
        • 1107FA
          (si alguien que no sea la parte actora tiene una declaración que hacer)
        • 1106FA
          (si la otra parte no  está de acuerdo con la moción y presentó un nuevo asunto en su respuesta y la parte actora desea contestar)
        • 1111FA
          (si se solicita una audiencia)
        • 1113FA
          (Usado para oponerse a la orden propuesta)
        Formularios para la parte opositora
        Formularios requeridos de la parte opositora
        • 1104FA
        Formularios opcionales para la parte opositora
          • 1105FA
            (si la parte opositora está de acuerdo con la moción después de que esta ha sido presentada)
          • 1003FA
            (si la parte opositora tiene nuevos argumentos que hacer no presentados en la moción de la parte actora)
          • 1111FA
            (si se solicita una audiencia)
          • 1110FA
            (si la otra parte no ha presentado este documento)
          • 1112FA
            (si se le pide a la parte opositora que escriba la orden)
          • 1113FA
            (Usado para oponerse a la orden propuesta)