Solicitud para la exención de cuotas
Cuando presenta un caso en el tribunal, usted deberá pagar las cuotas judiciales o solicitar una exención de las mismas. El personal del tribunal aceptará una presentación de documentos sin pago solamente si se presenta también una Moción para la exención de cuotas con sus respectivos documentos de respaldo.
En la declaración que sustenta a la moción usted deberá proporcionar una descripción detallada de su ingreso, gastos, bienes, crédito y deudas.
Un juez revisará su información financiera y decidirá si es que usted deberá pagar las cuotas o no.
Decisión del juez a cerca de una Moción para la exención de cuotas
El juez podrá decidir una de las siguientes cosas:
- la exención de todas la cuotas
- la exención parcial de las cuotas
- la exención de ninguna cuota
- que usted no entregó la información requerida ni adjuntó la documentación de respaldo. En ese caso, usted podrá presentar una moción y los documentos de respaldo corregidos dentro de 14 días de la decisión del juez.
Cómo objetar la decisión del juez
Si el juez le negó la exención de las cuotas debido a que concluyó que usted tiene los medios suficientes para pagar y usted:
- ha perdido su fuente de ingresos,
- tiene gastos esenciales no presupuestados que limiten que pueda hacer el pago,
- sufrirá daños directos irreparables si es que la acción legal se demora innecesariamente o,
- perdería la causa de la acción legal al demorar el proceso innecesariamente al reunir los fondos requeridos para el pago de la cuota de presentación,
usted podrá presentar un Memorándum demostrando la incapacidad de pagar las cuotas dentro de 10 a partir de esta orden.
Cambios en su situación financiera
Usted deberá informarle al juez si hay cambios en su situación financiera que podrían afectar la exención de cuotas.
Si usted gana su caso y cobra un laudo de la otra parte, tanto el tribunal como las otras personas que han prestado sus servicios sin cobro podrán cobrar una cuota del laudo. Sección 78A-2-309 del Código de Utah
Si usted no paga la cuota requerida
Si el juez decide que usted debe pagar una parte o todas las cuotas, usted deberá hacerlo dentro de 30 días de la decisión del juez o se desestimará su caso. Algunos tribunales tal vez no le permitan presentar documentos adicionales o solicitar audiencias hasta que se pague la cuota.
Pago de las cuotas
Usted puede pagar en persona con efectivo, cheque, giro postal o tarjeta de crédito. Si presenta su caso por correo, incluya un cheque o giro postal para la cuota de presentación. No envíe efectivo por correo. Los tribunales aceptarán también pagos parciales si usted no puede pagar todas las cuotas al mismo tiempo.
Cuotas que el juez no puede exonerar
Existen algunas cuotas relacionadas con un caso judicial que no pueden ser exoneradas:
- La cuota para que un comisario o agente judicial fuera de Utah o una agencia privada realice la entrega formal de los documentos.
- La cuota para hacer la entrega formal a alguna persona por correo.
- La cuota para publicar un aviso legal en un periódico.
- La cuota para que el registrador del condado registre el fallo.
- La cuota de testigos para que una persona comparezca a un juicio.
- El costo de estampillas o copias.
- La cuota para las transcripciones en una apelación.
Use los Formularios Correctos
Existe un proceso especial para considerar una Moción para la exención de cuotas que sea presentada por reclusos de cárceles y prisiones. Algunos de los formularios son los mismos pero algunos son diferentes. Los formularios abajo están divididos entre aquellos que son para los prisioneros y aquellos que son para el público.
Declaración Jurada Financiera
La declaración jurada financiera en apoyo de la moción para exención de las cuotas es una descripción de su ingreso, propiedades y deudas. La junta de jueces de los tribunales de distrito ha decidido que si usted ha llenado una declaración financiera para calificar para representación por Utah Legal Services o The Legal Aid Society of Salt Lake, usted puede usar esta declaración con la moción y declaración jurada para exención de las cuotas, en lugar de llenar el formulario de los tribunales. Igualmente, si usted ha llenado una declaración financiera para calificar para ayuda pública, podría usar este formulario.
Si está presentando un caso doméstico, tal como una petición de divorcio, paternidad y maternidad, separación temporal, o pensión separada en las cuales usted tiene que presentar una declaración jurada financiera aún más detallada como parte del caso (por lo general, cualquier caso doméstico tratándose de una orden final o temporal de pensión, manutención de menores, división de deudas, división de propiedad, honorarios de asesoría pagados por la otra parte, o modificación de esas órdenes), la junta de jueces de los tribunales de distrito ha decidido que usted podría usar aquella Declaración Financiera más detallada como parte de su moción para la exención de cuotas.
Formularios
Información sobre la presentación de documentos por correo electrónico en casos existentes
Los formularios que necesita dependen de su caso. ¿De qué se trata tu caso?