Si tiene una condena relacionada con la posesión de cánnabis y no puede recibir un certificado de elegibilidad, usted podría obtener la expurgación de antecedentes si reúne ciertos requisitos.
Usted debe demostrar que:
- en el momento de su arresto o de la citación, usted tenía una afección elegible, y
- el cánnabis estaba en forma medicinal para tratar su afección, y
- que la cantidad de cánnabis era solo suficiente para tratar su afección y no excedía ciertos límites.
Afección elegible (Código de Utah 26-61a-104)
Usted debió haber tenido una afección que era elegible al momento de su arresto por posesión de cánnabis. Las afecciones elegibles incluyen:
- HIV o síndrome de inmuno deficiencia adquirida
- enfermedad de Alzheimer
- esclerosis lateral amiotrófica
- cáncer
- caquexia
- náusea persistente que no responda de manera importante a tratamientos tradicionales, pero que no sea náusea relacionada con:
- el embarazo;
- síndrome de vómitos cíclicos inducido por cánnabis
- síndrome de hiperémesis cannabinoide
- afección de Crohn o colitis ulcerativa
- epilepsia o convulsiones debilitantes
- esclerosis múltiple o espasmos musculares persistentes y debilitantes
- trastorno de estrés post-traumático (que reúna los requerimientos descritos en el Código de Utah 26-61a-104(2)(j))
- autismo
- una enfermedad terminal cuando se espera que le queden menos de seis meses de vida al paciente
- una afección que resulta en que la persona reciba cuidados paliativos
- una afección o trastorno raro que:
- afecte a menos de 200,000 personas en los Estados Unidos, como se encuentra definido en la Sección 526 de la Ley Federal de alimentos, medicamentos y cosméticos, y
- no se maneja adecuadamente a pesar de los intentos de tratamiento con:
- medicamentos convencionales que no sean opioides u opiáceos
- o intervenciones físicas,
- dolor que dura más de dos semanas y que no se maneja adecuadamente, en opinión de un proveedor de atención medica calificado, a pesar de los intentos de tratamientos con:
- medicamentos convencionales que no sean opioides u opiáceos, o
- intervenciones físicas,
- una afección aprobada por la Junta de uso compasivo. Estoy anexando prueba de la aprobación de la junta.
Forma de cánnabis (Código de Utah 26-61a-102(32))
El cánnabis que usted tenía en su posesión al momento del arresto debe haber estado en una forma permitida por la ley.
Si usted tenía cánnabis medicinal procesado o un producto de cánnabis medicinal, este debe haber estado en una de las siguientes formas:
- pastillas
- cápsulas
- líquido concentrado o aceite viscoso
- suspensión líquida
- preparación tópica
- preparación transdérmica
- preparación sublingual
- cubo gelatinoso, paralelepípedo rectangular gelatinoso, o pastillas en forma de cubo o de paralelepípedo que se disuelven en la boca.
- resina o cera
Si usted tenía flores de cánnabis sin procesar, estas deberían haber estado en un recipiente descrito en el Código de Utah Sección 4-41a-602, y:
- la cantidad de flores de cánnabis no debe variar por más de 10% del peso declarado en el momento de envasado.
- deben haber estado contenidas dentro de una bolsa opaca a prueba de niños, que una farmacia de cánnabis medicinal proveyó, y
- debe haber sido etiquetada con el contenido y peso del recipiente, la fecha de compra, la fecha de vencimiento de uso lícito.
O, debería de haber estado en una forma que puede ser medida en gramos, miligramos, o mililitros.
Cantidad de cánnabis (Código de Utah 26-61a-102(16))
El cánnabis en su posesión debió haber estado en una cantidad para tratar medicinalmente su afección y no excedía (Escoja lo(s) que se aplica(n)):
- 113 gramos de peso (cánnabis sin procesar en forma de dosificación medicinal)
- 20 gramos de tetrahidrocannabinol compuesto total (producto cánnabis en forma de dosificación medicinal)
Si usted reúne todos los requisitos, siga el proceso en la sección Cómo solicitar la expurgación de esta página de Internet. Sáltese el Paso 1, el cual le dice que llene una solicitud para un certificado de elegibilidad. Empiece en el Paso 2.