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Cambio o terminación de tutela o curatela

¿Quién es usted?

Puede pedirle al juez que cambie o termine una tutela o curatela si usted es:

  • la persona protegida.
  • un amigo o familiar de la persona protegida.
  • el tutor o curador.

La persona protegida es aquella que cuenta con un tutor o curador que le ayuda.

¿Busca ayuda con una tutela o curatela de un menor? Esta página también puede ayudarle también con eso.

¿Qué intenta hacer?

Elija la opción que mejor se adapte a su situación

Necesito:

¿Cuántos años tiene la persona protegida?

Siga los pasos siguientes para pedirle al juez que cambie el tutor o curador.

Importante: el paso 1 incluye documentos adicionales que necesita rellenar. 

Siga los pasos siguientes para pedirle al juez que cambie el tutor o curador.

Importante: El paso 1 incluye documentos adicionales que necesita rellenar. 

Puede pedirle al juez que cambie:

  • Cuando presenta informes (época diferente del año)
  • Con qué frecuencia presenta informes
  • Lo que usted incluye en los informes

Siga estos pasos para pedir los cambios que necesita.

Paso 1 - rellene los documentos 

Rellene lo siguiente::

  • Moción para modificar los requisitos del informe contable  PDF | Word
  • Determinaciones de hecho, conclusiones de derecho y orden sobre la moción para modificar los requisitos del informe de contabilidad - PDF | Word
    •  
      • Sólo rellene la información del caso al principio de la orden

Paso 2 - Presente sus documentos en el tribunal 

Obtenga ayuda en nuestra página de presentación de documentos 

Paso 3 - 1 envíe copias de los documentos
Envíe copias a:

  • La persona protegida
  • El tutor o curador
  • Cualquier otra persona que haya pedido ser notificado

Cómo enviar copias: siga las instrucciones en nuestra página entrega formal de otros documentos .

Paso 4 - acuda a la audiencia

  • El juez le dirá cuándo acudir a la audiencia.
  • Importante: vaya a la audiencia.
  • Prepárese: visite nuestra  página de ir al tribunal.
  • Después de la audiencia
  • El juez decidirá en cuanto a su moción.
  • Mediación: Si alguien no está de acuerdo, el juez podría enviar su caso a mediación (una forma de intentar llegar a un acuerdo fuera del tribunal). Para más información sobre la mediación, consulte la página de explicación.
  • Visitante del tribunal: El juez puede pedir a un visitante judicial que investigue el caso y proporcione más información. Para saber más, consulte la página del programa de visitantes del tribunal.
  • ¿Necesita más ayuda con su moción?
    Visite nuestra página sobre mociones

¿Cuántos años tiene la persona protegida?

Para menores, los poderes cambian automáticamente en algunos casos. Vea fin de la tutela o curatela más abajo.

Para cambiar los poderes del tutor o curador, Presente una moción. El juez podría preguntarle:

  • ¿Sigue siendo necesaria la tutela o la curatela?
  • ¿Qué poderes se necesitan?
  • ¿El tutor o el curador han tomado buenas decisiones?

Siga los pasos a continuación.

¿Es usted la persona protegida en una tutela o curatela? 
Todavía puede:

  • seguir tan independiente como sea posible.
  • tener libertad en cuanto a todo lo que no controla la tutela. 
  • pedirle al juez que revise su tutela. 
  • pedir que alguien hable de su parte.

Código de Utah 75-5-301.5(1)(c) and (2)(h).

Usted tiene otras protecciones. Lea más en nuestra página acerca los derechos de las personas protegidas.

Puede presentar una moción El juez puede preguntarle cosas como:

               ¿Se necesita una tutela o curatela?

               ¿Qué poderes se necesitan ahora?

               ¿El tutor o curador ha tomado buenas decisiones?

¿Cuántos años tiene la persona protegida?

Siga los pasos siguientes para pedirle al juez que cambie el tutor o curador.

Importante: El paso 1 incluye documentos adicionales que necesita rellenar. 

Siga los pasos siguientes para pedirle al juez que cambie el tutor o curador.

Importante: El paso 1 incluye documentos adicionales que necesita rellenar. 

¿Cuántos años tiene la persona protegida?

La tutela de un menor termina automáticamente cuando:

  • El tutor: muere, renuncia y el juez lo aprueba, o es removido por el tribunal
  • El menor: muere, es adoptado, se casa, cumple 18 años o es emancipado

Cuando ocurre cualquiera de estas cosas, la tutela termina. El tutor Sólo tiene que presentar los informes finales.

Si usted es progenitor de un menor bajo tutela:
Si su tutela está en el tribunal de distrito y no le han retirado los derechos de custodia a usted, puede solicitarle al juez que ponga fin formalmente a la tutela. El juez debe conceder su petición.

Código de Utah 75-5-210 e In Re V.K.S., 2003 UT App 13.

¿Cuándo termina la curatela de un menor?

La curatela de un menor termina cuando la persona protegida, su representante o el curador solicita pide que el juez ponga fin a la curatela. Una vez finalizada la curatela, el dinero y los bienes pasan a la persona protegida anterior.

Código de Utah y 75-5-430

 

 Además de los pasos siguientes, debe presentar su rendición de cuentas final para la tutela o curatela.

Para solicitar al juez que ponga fin a la tutela o curatela de un menor, puede presentar una moción para terminar. Siga los pasos a continuación.

Paso 1 - rellene los 1 documentos
Rellene los siguiente:

  • 1185XX - Moción para terminar una tutela o curatela de un menor
  • 1187XX - Orden de moción para terminar la tutela o curatela de un menor
    •  Sólo rellene la información del caso al principio de la orden

Paso 2 -  presente sus documentos en el tribunal
Obtenga en nuestra ayuda en nuestra página de presentación de documentos.

Paso 3 -  envíe copias 

Envíe copias a:

  • La persona protegida
  • El tutor o curador
  • Alguien más que haya pedido ser notificado

Cómo enviar copias: siga las instrucciones en nuestra página entrega formal de otros documentos .

Paso 4 - Acuda a la audiencia

Después de la audiencia

  • El juez decidirá sobre tu moción.
  • Mediación: Si alguien no está de acuerdo, el juez podría enviar su caso a mediación (una forma de intentar llegar a un acuerdo fuera del tribunal). Para más información sobre la mediación, consulte la página de explicación.
  • Visitante del tribunal: El juez puede pedir a un visitante judicial que investigue el caso y proporcione más información. Para más información, consulte la página del programa de visitantes del tribunal.

¿Necesita más ayuda con su moción?
Visite nuestra página sobre mociones

Una tutela puede terminar cuando:

  • El tutor muere o queda incapaz de servir
  • el tutor renuncia o es destituido, con la aprobación del tribunal, o
  • la persona protegida muere o recupera su capacidad de independencia (capacidad).

El tutor, la persona protegida o cualquier persona preocupada por la persona protegida puede solicitar al tribunal que ponga fin a la tutela.

Código de Utah 75-5-306 y 75-5-301.5 (2)(b). 

Una curatela termina cuando la persona protegida, su representante o el curador solicitan al tribunal que ponga fin a la curatela. Una vez finalizada la tutela, el dinero y los bienes pasan a la persona protegida anterior.

Código de Utah y 75-5-430.

 

Para solicitar al tribunal que ponga fin a la tutela o curatela de un adulto, puede presentar una moción para terminar. Siga los pasos a continuación.

 Si es usted el tutor o curador, debe presentar su contabilidad final además de los pasos siguientes.

Paso 1 - rellene los documentos
Rellene lo siguiente::

  • 1383XX - Moción para terminar una tutela o curatela de un adulto
  • 1385XX - Orden para una Moción de terminar una tutela o curatela de un adulto
    •  Sólo rellene la información del caso al principio de la orden

    Paso 2 -  1 presente sus documentos en el tribunal
    Obtenga en nuestra ayuda en nuestra página de presentación de documentos.

    Paso 3 - 1 envíe copias 

    Envíe copias a:

    • La persona protegida
    • El tutor o curador
    • Alguien más que haya pedido ser notificado

    Cómo enviar copias: siga las instrucciones en nuestra página entrega formal de otros documentos .

    Paso 4 - Acuda a la audiencia

    Después de la audiencia

    • El juez decidirá sobre tu moción.
    • Mediación: Si alguien no está de acuerdo, el juez podría enviar su caso a mediación (una forma de intentar llegar a un acuerdo fuera del tribunal). Para más información sobre la mediación, consulte la página de explicación.
    • Visitante del tribunal: El juez puede pedir a un visitante judicial que investigue el caso y proporcione más información. Para más información, consulte la página del programa de visitantes del tribunal.

    ¿Necesita más ayuda con su moción?
    Visite nuestra página sobre mociones

    ¿Cuántos años tiene la persona protegida?

    ¿Desde dónde se está mudando?

     

    Simplemente infórmeles a todos sobre la mudanza lo antes posible.

    Envíe una carta o un correo electrónico al tribunal. Incluye tu número de caso y el nombre de la persona protegida.

    Envíe una copia a todas las personas interesadas.

    Transferir una tutela o curatela a otro condado dentro de Utah se denomina "cambio de jurisdicción".

    Necesita el permiso del juez.

    Código de Utah, Sección 75-5-403.

    Siga los pasos siguientes para pedir ayuda al tribunal.

    Paso 1 - rellene estos documentos

    Rellene lo siguiente:

    • 1181XX -Moción para cambiar la jurisdicción (tutela o curatela de un menor)
    • 1183XX - Orden para una moción para cambiar de jurisdicción (tutela o curatela de un menor)
      •  Sólo rellene la información del caso al principio de la orden
    • 1167XX - Notificación de Orden

    Paso 2 - Presente sus documentos obtenga ayuda con cómo hacerlo en nuestra página de presentación.

    Paso 3 - envíe copias de los documentos

    Envíe copias a:

    • La persona protegida
    • El tutor o curador
    • Alguien más que haya pedido ser notificado

    Cómo enviar copias: siga las instrucciones en nuestra página entrega formal de otros documentos .

    Paso 4 - Acuda a la audiencia

    Después de la audiencia

    • El juez decidirá sobre tu moción.
    • Mediación: Si alguien no está de acuerdo, el juez podría enviar su caso a mediación (una forma de intentar llegar a un acuerdo fuera del tribunal). Para más información sobre la mediación, consulte la página de explicación.
    • Visitante del tribunal: El juez puede pedir a un visitante judicial que investigue el caso y proporcione más información. Para más información, consulte la página del programa de visitantes del tribunal.

    ¿Necesita más ayuda con su moción?
    Visite nuestra página sobre mociones

    No hay un proceso para transferir una tutela o curatela de un menor en o afuera del estado de Utah.

    Para mudarse A Utah:
    Termine la tutela en otro estado y presente una petición para nombrar a un tutor o curador en Utah

    Para mudarse AFUERA de Utah:
    Termine la tutela o curatela de Utah (vea más arriba en esta página) y presente una petición para nombrar a un tutor en otro estado.

    Consulte nuestra página sobre Traslado de la persona protegida a una dirección diferente o traslado del caso de tutela o curatela para obtener formularios y orientación.

    ¿Necesita otra cosa?

    Puede encontrar más información en nuestra página de tutela y curatela.

    ¿Aún tiene preguntas? Por favor, visite nuestra página Cómo conseguir Ayuda Legal.