Casos de custodia

Casos de custodia    

En general, los casos de custodia son para personas que:

  • tienen hijos menores de 18 años con otra persona
  • no están casadas con esa persona

En un caso de custodia usted puede obtener órdenes sobre los hijos. Esto incluye:

¿Es este el proceso correcto para usted?

Para obtener orientación, responda las preguntas a continuación.

Si es así, considere el divorcio

En caso contrario, responda la siguiente pregunta.

Si es así, lea sobre la tutela de un menor

En caso contrario, un caso de custodia podría ser la opción correcta. Avance hacia abajo para obtener detalles sobre cómo proceder.

Si usted no está seguro de que un caso de custodia sea adecuado para usted, comuníquese con el Centro de ayuda de los tribunales de Utah u obtenga ayuda legal

Cómo se manejan los casos de custodia

Vea el Mapa para casos de custodia para obtener una visión general del proceso y los plazos.

Las partes

El padre que inicia el caso de custodia es el peticionario. El otro padre es el demandado.

Interdicto de lo familiar

Cuando se presenta un caso de custodia, el juez emitirá automáticamente una orden llamada Interdicto de lo familiar. El interdicto es una orden judicial que exige que las partes no se acosen entre sí, no cambien de seguro o cobertura de beneficiario, transfieran propiedades ni realicen viajes no rutinarios con los hijos menores de las partes mientras el caso esté pendiente. En el interdicto hay prohibiciones adicionales. Asegúrese de leerlo cuidadosamente.

El interdicto es efectivo para el peticionario cuando se presenta el caso. El interdicto es efectivo para el demandado cuando el peticionario le entrega una copia. Para más información, vea la página de Internet Interdicto de lo familiar.

El peticionario llena los documentos

El peticionario podrá usar OCAP (Programa Electrónico de Ayuda del Tribunal) para preparar la petición y otros documentos para solicitar la custodia. Una vez en OCAP, seleccione la opción llamada Custodia, Manutención o Paternidad.

El peticionario presenta los documentos

El peticionario debe solicitar la custodia ante el tribunal de distrito correspondiente. Para obtener información sobre cómo presentar documentos, vea la página de Internet Procedimientos de presentación.

El peticionario deberá pagar una cuota de presentación cuando presente los documentos ante el tribunal. Si no puede pagar la cuota, pueden solicitar su exención. El programa de custodia de OCAP incluye una opción para pedir la exención de cuotas. Para obtener más información, consulte nuestra página sobre Exención de cuotas.

Dónde presentar los documentos

En términos generales, si los hijos menores de edad han vivido en Utah durante seis meses antes de presentar el caso, el caso se presenta ante el tribunal de distrito del condado donde residen los niños.

Si el peticionario usa OCAP, se le preguntará su dirección, la del demandado y la de los niños. Eso puede ayudar a determinar dónde se debe presentar el caso. Los siguientes diagramas de flujo también pueden ayudarle a determinar si Utah tiene jurisdicción.

Vea el Código de Utah 78B-15-101 et seq. y la Ley Uniforme de Paternidad de Utah

La jurisdicción puede ser complicada. Si tiene preguntas sobre qué tribunal de Utah, o qué estado o país podría tener jurisdicción, hable con un abogado.

El peticionario debe hacer la entrega formal de los documentos

El peticionario deberá entregar formalmente al demandado la petición de custodia, el citatorio y otros documentos a más tardar 120 días después de la presentación de la petición. El peticionario deberá presentar prueba de la entrega formal una vez que esta se ha llevado a cabo. Para obtener más información sobre la entrega formal, vea la página de Internet Entrega formal de documentos.

El demandado presenta una respuesta

Si el demandado no está de acuerdo con algo establecido en la petición, tiene 21 días (si fue notificado en Utah) o 30 días (si fue notificado fuera de Utah) para contestar ("responder") a la petición de custodia. El demandado puede usar OCAP, (Programa Electrónico de Ayuda del Tribunal) para preparar una respuesta. Para obtener más información, vea la página de Internet Respuesta a una demanda o petición. Si el demandado cree que Utah no tiene jurisdicción, es posible que deba presentar una Moción para desestimar en vez de una Respuesta.

Si se presenta una respuesta, ambas partes deben intercambiar divulgaciones iniciales entre sí, lo cual incluye una Declaración financiera. Para más información y formularios, vea las páginas de Internet Divulgaciones Iniciales y Declaración Financiera.

Si se presenta una respuesta, el juez puede ordenar a las partes que intenten llegar a un acuerdo en la mediación. Para obtener más información, vea nuestra página Mediación.

Conferencia de gestión del caso

Después de que el demandado presenta una respuesta, el tribunal programará una conferencia de gestión del caso. Esta es una audiencia con el juez para fijar fechas en su caso.

El juez podría programar fechas para:

El juez podría programar otros asuntos. Depende de lo complicado que sea su caso.

Regla de Procedimiento Civil de Utah 100A

Estipulación

El demandado también podrá estipular—o ponerse de acuerdo—por escrito con la petición y la custodia o decreto de custodia. Si las partes pueden ponerse de acuerdo con los términos del decreto, pueden usar la Entrevista de custodia de OCAP para preparar los documentos. OCAP puede crear una estipulación al inicio del caso, o en cualquier momento del caso si las partes llegan a un acuerdo. Siga las instrucciones en la entrevista de OCAP.

Si el demandado no presenta una respuesta

Si al demandado se le ha hecho la entrega formal adecuadamente y no presenta una respuesta dentro del tiempo especificado en el Citatorio, el peticionario puede solicitar un fallo por incumplimiento. Esto significa que el peticionario obtiene lo que ha pedido y el demandado no tendrá la oportunidad de presentar su versión de los hechos. Para más información y formularios, consulte nuestra página sobre Fallos por incumplimiento. Los formularios de fallos por incumplimiento también están disponibles en el programa de custodia OCAP.

Clases de crianza requeridas    

Para casos que comenzaron el 1 de mayo 2024 o después, se requiere que ambos padres tomen una clase de crianza. Entérese acerca de la clase en nuestra página Clases de crianza requeridas.

Custodia de los hijos, manutención de menores y régimen de visitas

El caso de custodia aborda asuntos de paternidad, custodia de los hijos, manutención de menores y régimen de visitas. Para más información vea estas páginas:

  • Custodia de los hijos y régimen de visitas- información sobre los tipos de custodia, planes de crianza y reubicación de los padres.
  • Manutención de menores- información sobre cómo calcular la manutención de menores, gastos médicos, exenciones de impuestos y cómo recaudar la manutención. OCAP calculará la manutención de menores basándose en el acuerdo de custodia de los hijos y los ingresos de cada padre.
  • Planes de crianza- información sobre planes para que los padres trabajen juntos para criar a sus hijos.
  • Paternidad

Orden temporal

Cualquiera de las partes puede solicitar una orden temporal si es necesaria durante el caso de custodia. Una orden temporal puede incluir manutención de menores, custodia y régimen de visitas. Para más información y formularios, consulte la página de Internet Cómo obtener una Orden Temporal.

Cambio de nombre

Una de las partes puede solicitar que se cambie el nombre legal del menor en la petición o contrapetición. La solicitud deberá incluir el nombre legal completo actual del menor y el nuevo nombre legal completo propuesto. Si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre cuál debe ser el nombre del menor, el juez tomará una decisión basada en lo que sea mejor para el menor.

El decreto de custodia también puede incluir agregar o remover el nombre de uno de los padres del acta de nacimiento del menor. Por ejemplo, si se determina que un hombre es el padre biológico y legal en el caso de custodia, el decreto puede ordenar que se agregue su nombre al certificado de nacimiento del menor.

Más información requerida por la Oficina de Registros Vitales y Estadísticas de Utah para realizar cambios en los certificados de nacimiento se encuentra en el sitio de la red de la agencia.

 

Para ir a juicio

Los siguientes procedimientos se aplican sólo si las partes no pueden llegar a un acuerdo en el caso de custodia.

Evaluación de la custodia de los hijos

Las partes pueden solicitar una evaluación de custodia por parte de un evaluador profesional. El juez puede ordenar una evaluación de la custodia incluso sin una moción de una de las partes. Una evaluación de custodia puede ser costosa y generalmente el costo se divide entre las partes. Para más información, vea la Regla 4-903 y las páginas de Internet sobre Evaluación de custodia y Custodia de los hijos y régimen de visitas.

Juicio

Para obtener información sobre cómo ir a juicio, vea la página de Internet Preparación para ir a juicio

 

Después del decreto de custodia

Cambios al Acta de nacimiento

Si el decreto u orden de paternidad dice que se debe cambiar un certificado de nacimiento de Utah, una de las partes puede proporcionar una copia certificada de la orden a la Oficina de Registros y Estadísticas Vitales de Utah y seguir su proceso para obtener un Certificado de Nacimiento Enmendado. Para obtener más información, vaya al sitio de la red de ese Departamento en https://vitalrecords.utah.gov/certificates/amend-a-vital-record.

Cobro de  la manutención de menores

La parte que tiene un decreto de paternidad u orden judicial que exige que la otra parte pague manutención de menores puede comunicarse con la Oficina de Servicios de Recuperación (ORS, por sus siglas en inglés) para obtener ayuda para cobrar la manutención de menores. Hay más información disponible en la página de Internet Servicios de manutención de menores de ORS.

Apelaciones

Si una parte no está de acuerdo con las decisiones del juez y piensa que el juez ha cometido un error legal, puede presentar una apelación, pero debe hacerlo dentro de 30 días después de la emisión del decreto de paternidad. Para obtener más información, vea nuestra página sobre Apelaciones.

Invalidar un fallo

Un fallo, incluido un fallo por incumplimiento, puede ser invalidado si hay motivos suficientes para hacerlo. Si un fallo es invalidado, se reabre el caso. Un miembro del servicio militar tiene derechos especiales para invalidar un fallo por incumplimiento. Para obtener ayuda con la preparación de una moción para invalidar un fallo por incumplimiento u otro fallo, vea la página de Internet Moción para invalidar un fallo. Para obtener más información sobre fallos por incumplimiento, vea la página de Internet Fallos por incumplimiento.

Corrección de un error tipográfico en el decreto

Si hay un error tipográfico en el decreto, cualquiera de las partes puede solicitar al tribunal que emita un decreto corregido. Un error tipográfico puede ser, por ejemplo, si se supone que el monto del pago mensual de manutención de menores es de $450 pero aparece erróneamente como $4500. Para obtener información sobre una moción para corregir un error tipográfico en el decreto, vea la página de Internet Mociones.

Modificar un decreto de paternidad

Si ha habido un cambio sustancial en las circunstancias desde que el juez firmó el decreto de paternidad, cualquiera de las partes puede solicitar al juez que modifique el decreto. Para obtener más información, consulte las páginas de Internet sobre:

Si una parte desea modificar un decreto de paternidad para cuestionar la situación parental de un hombre que ha sido declarado padre legal debe buscar asesoramiento jurídico. Ese proceso está más allá del alcance de esta página de Internet.

Cómo hacer cumplir un decreto de paternidad

Una parte puede pedirle al juez que haga cumplir una orden temporal o un decreto de paternidad si la otra parte no lo está obedeciendo. Para obtener más información, vea Moción para hacer cumplir una orden.

 

Orden administrativa de manutención de menores de la Oficina de Servicios de Recuperación (ORS)

Es posible solicitar a la Oficina de Servicios de Recuperación (ORS) que establezca administrativamente órdenes de manutención de menores. Si bien la orden de ORS no es una orden judicial, tiene el mismo efecto que una orden judicial. Una orden administrativa de ORS no aborda la custodia de los hijos ni el régimen de visitas. Esos asuntos deben ser tratados en el tribunal.

Más información sobre el proceso de orden administrativa está disponible en la página de Internet  Servicios de manutención de menores de ORS.

Formularios

Formularios para el peticionario    

Formularios para el demandado

  • Use el Programa Electrónico de Ayuda del Tribunal (OCAP) para preparar una Respuesta a un caso de custodia y Contrademanda opcional, o para preparar una Estipulación. Seleccione: Custodia y manutención, o Paternidad – Demandado.
  • Declaración de servicio militar del demandado (no en las Fuerzas Armadas) Formulario PDF | Formulario electrónico. Usado por el demandado para decirle al juez que no está en servicio militar activo.

Solicitudes    

Para ir a juicio    

Documentos finales

Otras páginas de Internet con formularios