Reclamos menores
¿Necesito un abogado?
Puede contratar un abogado para representarle, pero el proceso de los reclamos menores está simplificado para ayudarle a proceder sin un abogado. También puede ser representado por un empleado, o con la aprobación del juez, por cualquier otra persona que no reciba pago. Esta página de internet le ayudará a presentar o defender un caso de reclamo menor. Las Secretarias Judiciales le pueden ayudar con dudas procesales, pero no pueden dar asesoría legal. Si tiene alguna pregunta que no haya sido respondida, quizá deba consultar con un abogado.
Estatutos, reglas y formularios
Las demandas de reclamos menores son gobernadas por el Código de Utah y las Reglas procesales de Reclamos menores. Generalmente no se aplican las Reglas del Proceso Civil, a menos que los estatutos o reglas indiquen que sí. Si existiere una diferencia entre la información de esta página y las reglas y estatutos, entonces las reglas y estatutos regirán. Los formularios en esta página de internet pueden ser impresos, llenados y presentados.
Partes
La parte presentando el reclamo es la demandante. La parte que responde al reclamo es la demandada.
Transferencia del Calendario Civil del Tribunal de Distrito al Calendario de Reclamos Menores del Juzgado Municipal
Si el demandado ha sido demandado en el tribunal de distrito por menos de los límites jurisdiccionales de un caso de reclamos menores, y si el demandante está de acuerdo, el demandado puede hacer que el caso sea removido-ó-transferido-del tribunal de distrito al juzgado municipal y sea enjuiciado como un caso de reclamos menores. Si esto se hace, se tiene que hacer dentro del límite de tiempo que el demandado tiene para responder a la demanda en el tribunal de distrito. El primer paso es ver si el demandante está de acuerdo en que el caso sea enjuiciado como un caso de reclamos menores. El demandado no puede transferir un caso a menos que el demandante esté de acuerdo.
- El segundo paso es presentar el aviso de transferencia en el juzgado municipal y hacer el pago apropiado de la cuota. El demandado debe pagar la cuota judicial que el demandante habría pagado en un caso de reclamos menores. El demandante no obtiene un reembolso del pago por presentar en el tribunal de distrito, pero tampoco tiene que pagar si quiere apelar la decisión de reclamos menores.
- El tercer paso es presentar un aviso de transferencia en el tribunal de distrito. Esto debe hacerse después del aviso de transferencia en el juzgado municipal porque el demandado debe proporcionar al tribunal de distrito el número de caso del juzgado municipal.
Los tres pasos deben hacerse dentro del tiempo límite que el demandado tiene para responder a la demanda en el tribunal de distrito: 20 días después de la notificación formal si ésta se hizo en Utah; y 30 días después de la notificación formal si ésta se hizo fuera de Utah. Cuando se han terminado éstos pasos, el tribunal de distrito enviará una copia de los registros del tribunal al juzgado municipal. El caso puede ser trasladado a un juzgado cuya jurisdicción sea:
- en el distrito judicial en el cual está pendiente el caso civil;
- y - - donde el demandado resida; ó
- donde sucedieron los hechos.
Una vez que el caso es transferido al juzgado municipal, se programará el caso para un juicio, y el caso procederá como cualquier otro caso de reclamos menores en ése juzgado. Si el demandado quiere apelar la decisión de reclamos menores, tendrá que pagar la cuota judicial apropiada. Si el demandante quiere apelar la decisión, no tiene que pagar.
Límites de reclamos menores
Los casos de reclamos menores son para recuperar dinero, y los reclamos no pueden exceder el límite jurisdiccional. El límite es fijado por la Legislatura en el Código de Utah Sección 78A-8-102. El demandado debe estar endeudado con el demandante o, en un contra affidávit, vice-versa. Las demandas de reclamos menores no pueden ser usadas para demandar a una entidad gubernamental, demandar por posesión de propiedad, para desalojar inquilinos o para recuperar un reclamo cedido.
Si el reclamo no satisface estos límites, el demandante debe presentar una demanda civil en el tribunal de distrito bajo las Reglas de Procedimiento Civil de Utah.
NOTICIA IMPORANTE - Deberá entablar todos los reclamos que derivan del mismo incidente o transacción en una sola demanda, ya sea en el juzgado de reclamos menores o en el tribunal del distrito. Por ejemplo, si usted ha tenido un accidente de auto, y quiere recobrar dinero por daños a la propiedad (tal como el costo de reparar su auto), y también por lesiones personales, usted deberá entablar todos sus reclamos en una demanda. Usted podrá entablar la demanda en el juzgado de reclamos menores o en el tribunal del distrito, pero no podrá dividir sus reclamos en dos demandas separadas. Si usted entabla la demanda en el juzgado de reclamos menores, el recobro total no podrá exceder el límite jurisdiccional. Vea Allen v. Moyer, 2011 UT 44.
Leyes de Prescripción
Los casos de reclamos menores se gobiernan por las mismas leyes de prescripción que gobiernan otros casos civiles. La Ley de prescripción es el tiempo dentro del cual el demandante debe presentar el caso. Para mayor información, vea nuestra página de internet sobre Leyes de prescripción.
Cálculo de tiempo
Cada paso del proceso tiene una fecha límite, si se le pasa la fecha límite, su reclamo o defensa puede no ser escuchada. Cuando un reclamo menor le requiere hacer algo dentro de un número de días especifico, excluya el día del evento que comienza el conteo, después cuente el número de días hábiles o de calendario dentro del periodo de tiempo (las reglas del reclamo menor establecen si debe contar días de calendario o días hábiles.), incluyendo el último día. Si el tribunal está cerrado en el último día, el periodo de tiempo continúa hasta el fin del primer día que el tribunal este abierto. Para mayor información, vea nuestra página de internet sobre Proceso para presentar documentos.
Costas procesales
Las costas para presentar un affidávit de reclamo menor o contra affidávit, peticiones y solicitudes para órdenes judiciales son fijadas por la legislatura. Para más información, sobre costas, vea nuestra página de internet sobre Costas procesales.
Donde presentarlo
Un caso por reclamos menores debe ser presentado en el juzgado donde vive el demandado o donde se dio lugar el reclamo (donde los hechos sucedieron).
Si el demandado vive o el reclamo se dio dentro de una municipalidad y si la municipalidad tiene un juzgado de justicia, presente el caso en el juzgado de justicia municipal. Si la municipalidad no tiene un juzgado, presente el caso en el juzgado de justicia del condado. Si el demandado vive o el reclamo se dio en el condado no incorporado, presente el caso en el juzgado de justicia del condado.
Si no hay juzgado municipal o de condado, presente el caso en el tribunal de distrito. El Condado de Cache es el único condado donde no hay juzgado y por lo tanto, debe presentar su demanda en el tribunal de distrito.
Varias municipalidades (y un condado) juntos han entrado en un acuerdo con otra municipalidad o condado para establecer un juzgado. Es decir, que en realidad no hay un juzgado en cada municipalidad o condado, pero legalmente el juzgado existe y afecta donde debe presentar una demanda. La tabla que sigue muestra las municipalidades y condados donde han acordado establecer un juzgado "entre-local" y donde debe presentar demandas.
Estas municipalidades (y un condado) han entrado en un acuerdo "entre-local" para establecer un juzgado. Si normalmente hubiera presentado su demanda en este lugar: |
Debe presentar su demanda en este logar: |
| Apple Valley | Washington County Justice Court |
| Brian Head | Iron County Justice Court |
| Brigham City | Box Elder County Justice Court |
| Cedar City | Iron County Justice Court |
| Centerfield | San Pete County Justice Court |
| Cottonwood Heights | Holladay Municipal Justice Court |
| Enoch | Iron County Justice Court |
| Farmington | Davis County Justice Court |
| Fruit Heights | Davis County Justice Court |
| Glendale | Orderville Municipal Justice Court |
| Hooper | Roy Municipal Justice Court |
| Huntsville | Roy Municipal Justice Court |
| Ivins | Santa Clara Municipal Justice Court |
| La Verkin | Hurricane Municipal Justice Court |
| Marriott-Slatersville | Washington Terrace Municipal Justice Court |
| Mayfield | San Pete County Justice Court |
| Mendon | Nibley Municipal Justice Court |
| Paradise | Hyrum Municipal Justice Court |
| Perry | Box Elder County Justice Court |
| Price | Carbon County Justice Court |
| Rockville | Hurricane Municipal Justice Court |
| Springdale | Hurricane Municipal Justice Court |
| St. George | Washington County Justice Court |
| Sunnyside | Carbon County East Precinct Justice Court |
| Virgin | Hurricane Municipal Justice Court |
| Wales | San Pete County Justice Court |
| Weber County | Roy Municipal Justice Court |
| Wendover | Tooele County Justice Court |
| West Bountiful | Davis County Justice Court |
| West Haven | Roy Municipal Justice Court |
Si el demandado es una corporación, cualquier municipalidad o condado en donde la corporación tiene sus oficinas principales o lugar de negocio se considera la municipalidad o condado en donde reside. Vea el Código de Utah sección 78B-3-307.
Entrega formal del Affidávit y Emplazamiento
Entrega formal de documentos - también conocido como proceso de entrega formal - significa la entrega de una copia de documentos a la otra parte en el caso. Cada parte debe hacer entrega formal a todas las otras partes de cualquier documento presentado con el tribunal y después presentar un Prueba de entrega formal con el tribunal.
Reglas de Procedimiento para Reclamos Menores de Utah 3 gobierna como entregar un Affidávit y Emplazamiento. Después que la secretaria judicial haya programado un juicio, el Affidávit y Emplazamiento debe ser entregado al demandado a través de uno de los siguientes métodos por lo menos 30 días antes de la fecha de juicio:
(a) Envíe por correo un Affidávit y Emplazamiento al demandado por cualquier método que requiera al demandado aceptar recibo con firma. (Ejemplos son correo certificado o registrado con acuse de recibo firmado solo por el destinatario, un servicio comercial de mensajería que devuelva un recibo firmado solo por el destinatario.) La fecha de entrega formal es la fecha con la cual el demandado haya firmado el recibo. Note que este método de entrega solo es efectivo si el demandado está dispuesto a firmar el recibo. Si no, el demandante debe entregar el Affidávit y Emplazamiento a un servicio profesional de entrega formal bajo la (b).
-- Ó --
(b) Entregue el Affidávit y Emplazamiento a uno de los oficiales autorizados por el Código de Utah Sección 78B-8-302 Artículos (2) o (3), quien le hará entrega formal al demandado y presentará una Prueba de entrega formal con el tribunal.
Si no se le puede hacer entrega formal al demandado por alguno de estos métodos, el demandante debe volver a presentar el caso como demanda civil y obtener alternativas de entrega bajo la Regla de Procedimiento Civil 4.
Entrega formal de otros documentos
Para entregar otros documentos, envíelos por correo a la otra parte a su última dirección conocida. Para mayor información, vea nuestra página de internet bajo Entrega formal de documentos.
Contra Affidávit y Emplazamiento
Si el demandante debe dinero al demandado, el demandado puede presentar un Contra Affidávit y Emplazamiento hasta 15 días antes del juicio. La secretaria judicial completara el Emplazamiento y enviará por correo una copia del Contra Affidávit y Emplazamiento al demandante. La secretaria judicial tal vez necesite cambiar la fecha del juicio.
El demandado no podrá reclamar más del límite jurisdiccional. Ese límite está fijado por la Legislatura en el Código de Utah Sección 78A-8-102. Para reclamar más del límite jurisdiccional el demandado puede presentar una demanda civil en el tribunal de distrito bajo las Reglas de Procedimiento Civil de Utah.
Arreglo previo al juicio
Si usted y la otra parte pueden acordar quien debe pagar cuanto, pueden arreglar el caso en cualquier momento previo al juicio y evitar el tiempo extra y gastos de un fallo por el tribunal. Si se llega a un arreglo en el caso, presente un Acuerdo de convenio. Bajo un Acuerdo de convenio, el tribunal mantendrá el caso abierto hasta la fecha que termine el acuerdo. Si el acuerdo se extiende de la fecha inesperadamente, contacte a la secretaria judicial. Si las partes cumplen con el acuerdo, el acreedor debe presentar una petición para desestimar el caso. Si las partes no cumplen con el acuerdo, el acreedor tiene la opción de hacer valer el acuerdo como un fallo judicial o de proceder a juicio en el Affidávit o Contra affidávit original.
Mediación
Un mediador puede ayudar a las partes para llegar a un arreglo. Mediación es una oportunidad de hablar con la otra parte con la ayuda de una persona neutral para tratar de llegar a una solución de común acuerdo. Mediadores entrenados y voluntarios están disponibles sin costo en algunos, pero no todos los juzgados de reclamos menores. Pregunte con la secretaria judicial para saber si la mediación esta disponible en su juzgado. También podrá contratar a un mediador privado. Para una lista de mediadores, información de contacto y precios vea nuestra página de internet en Mediadores. También puede encontrar mediadores en las Páginas Amarillas.
Aplazamiento del juicio
Para cambiar la fecha del juicio, presente una Solicitud de aplazamiento por lo menos cinco días antes del juicio. El aplazamiento no es automático; debe dar una buena razón. Es posible que a la parte solicitante se le ordene pagar los gastos de la otra parte, tales como el costo de preparación para juicio.
Falta de comparecencia al juicio
La parte que falle en comparecer al juicio después de recibir notificación del juicio se encuentra en rebeldía y perderá. Un reclamo de una parte no compareciente será desestimado. Se otorgará el fallo a un reclamo en contra de una parte no compareciente. Un fallo en contra de una parte no compareciente se llama fallo en rebeldía. Para poder obtener un fallo en rebeldía el demandante debe presentar una Declaración de Servicio Militar y una Orden de entrega militar. La ley federal lo requiere. Si el demandante no sabe si el demandado se encuentra en el servicio militar o no, el juez puede requerir al demandante que presente una garantía para proteger los intereses del demandado. Para más información, vea nuestra página de internet sobre Servicio Militar.
Intérpretes
El tribunal proveerá y pagará por un intérprete de lenguaje o un intérprete del Lenguaje Americano de Señas. Si necesita un intérprete, vea nuestra página de Internet sobre Cómo Solicitar un Intérprete.
Citatorio
Si el testigo no da testimonio o produce un documento voluntariamente, usted puede requerir que la persona asista o produzca un documento para entregar un Citatorio. Los citatorios en reclamos menores se gobiernan por las mismas reglas que los casos civiles. Para más información, vea nuestra página de internet sobre Emplazamientos.
Juicio
En el juicio, ambas partes presentan sus pruebas al juez. Usualmente, el demandante va primero, y después el demandado. Las partes o sus abogados pueden interrogar a los testigos o el juez puede permitirles "ofrecer" evidencia. Quiere decir que cada parte puede decir su parte de la historia siempre y cuando haya un testigo presente que pueda dar testimonio si fuera necesario. Las partes también pueden presentar documentos, fotos y otras pruebas. Asegúrese de tener tres de cada documento: uno para el tribunal; otro para usted; y otro para la otra parte. Para más información, vea nuestra página de internet sobre Presentarse al tribunal.
Fallo
El juez decidirá el caso basado en las pruebas, usualmente inmediatamente después del juicio. Si el juez toma el caso bajo consideración, el/la juez debe de emitir una decisión dentro de 60 días, y la secretaria judicial notificara a la partes por correo. Si el juez decide a favor del demandado en el affidávit del demandante o por el demandante en el Contra Affidávit del demandado, ninguna de las partes le deberá dinero a la otra parte, a menos que el juez ordene que una parte pague las costas de la otra parte. Si el juez decide a favor del demandante en el affidávit del demandante o a favor del demandado en su contra affidávit, el juez dará un fallo monetario o, si es un caso de pago por consignación, un fallo determinando los derechos del demandado de que el dinero sea mantenido en un fideicomiso.
En un fallo monetario a la parte vencedora se le denomina Acreedor cuyo crédito ha sido reconocido judicialmente y la parte vencida se le denomina Deudor cuyo crédito ha sido reconocido judicialmente. El capital del fallo incluirá costas e intereses previos al fallo. El capital del fallo continuará acumulando intereses después del fallo. A menos que las partes hayan acordado una tasa de interés diferente por contrato, se aplicará el interés establecido por ley. Aparte al fallo del capital e intereses después del fallo, el acreedor está autorizado a cobrarle al deudor sus gastos para cobrar el fallo.
Aviso de Inscripción del fallo
La secretaria judicial le enviará una copia del fallo a todas las partes en el juicio. Si el juez otorga el fallo al demandante por que el demandado no compareció después de recibir notificación, el demandante inmediatamente debe hacer entrega formal al demandado de la Notificación del fallo en rebeldía. Si el juez sobresee la demanda de alguna de las partes porque la parte no compareció después de recibir aviso, la parte compareciente debe inmediatamente entregar formalmente una copia de la Notificación de sobreseimiento a la parte no presente.
Petición para revocar una orden de sobreseimiento o fallo en rebeldía
Si el juez sobresee el Affidávit ó Contra affidávit sin efectos legales, la parte puede presentar un caso nuevo sin revocar el sobreseimiento.
Si el juez sobresee el Affidávit o Contra affidávit con efectos legales, el caso no puede volver a ser presentado, pero la parte que no compareció puede presentar una Petición para revocar el sobreseimiento. Si el juez da un fallo en rebeldía, la parte que no compareció puede presentar una Petición para revocar el fallo. La parte solicitando que el sobreseimiento o fallo en rebeldía sea revocado debe presentar la petición dentro de 15 días después del sobreseimiento o del fallo en rebeldía, mostrando buenas causas por su falta de comparecencia al juicio. A la parte solicitante se le puede ordenar pagar los gastos de la otra parte, tales como los gastos de la preparación del juicio.
Si se revoca el sobreseimiento o el fallo en rebeldía, la secretaria judicial volverá a programar el juicio y enviará notificación a las partes.
Notificación de apelación
Una de las partes puede apelar el fallo de un reclamo menor presentando un Aviso de apelación dentro de 30 días después del sobreseimiento o del fallo. La Notificación de apelación es presentada con el tribunal que emitió el fallo. La apelación es un juicio nuevo llamado juicio de novo, se lleva a cabo en el tribunal de distrito. La secretaria judicial enviará el expediente al tribunal de distrito. Las partes no llenan un affidávit nuevos, pero el proceso para el juicio de novo es el mismo que para el juicio original. Las partes presentan pruebas de nuevo, incluyendo pruebas nuevas. La decisión después del juicio de novo es final y no puede ser apelada.
Si usted está apelando un fallo por reclamos menores en el Tercer Distrito, se le requerirá ir a mediación antes que el caso sea fijado para juicio. Utah Dispute Resolution programará una cita para mediación y notificará a las partes. Cuando se haya completado el proceso de mediación, Utah Dispute Resolution notificará al tribunal si el caso ha sido resuelto o no. Si el caso no ha sido resuelto, se fijará para juicio. Para más información, vea el párrafo en Mediación.
Aunque el deudor reconocido judicialmente presenta una Notificación de apelación, el acreedor reconocido judicialmente puede aun así cobrar durante la apelación, a menos que el juez dicte una "suspensión". Para suspender el fallo y prohibir el cobro el deudor debe presentar en el tribunal de distrito una garantía suficiente para cubrir la cantidad del fallo. La suspensión es gobernada por la Regla de procedimiento civil 62.
Cobro en el fallo del Reclamo menor
El cobro de reclamos menores es gobernado por las mismas reglas que en casos civiles. Para más información, vea nuestro sitio de internet en Cobro de un fallo.
Cumplimiento del fallo
Cuando el fallo sea pagado, el acreedor debe presentar un Cumplimiento del fallo. También se debe presentar un Cumplimiento del fallo con el Funcionario y registro del condado en cada condado donde se haya presentado un Escrito de conclusiones. El deudor puede presentar un Cumplimiento de fallo si el acreedor no lo hace.
Formularios
Formularios necesarios por el demandante para presentar un caso de Reclamos menores
- Lista -
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Word - Affidávit y Emplazamiento -
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Word - Certificado de entrega formal del affidávit (Solo si el demandado recibe entrega formal por correo certificado o por mensajero comercial.) -
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Word
Formularios necesarios por el demandante para presentar reclamos menores en un Proceso de pago por consignación
- Lista -
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Word - Affidávit y Emplazamiento en un Proceso de pago por consignación -
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Word - Certificado de entrega formal del affidávit (Solo si se le hace entrega formal al demandado por correo registrado o mensajero comercial.) -
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Word
Formularios necesarios por el demandado para presentar un caso de Reclamos menores
Formularios necesarios para un acuerdo en el caso
Formularios necesarios para hacer valer el Acuerdo de convenio
- Lista -
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Word - Petición para hacer valer el Acuerdo de convenio -
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Word - Notificación de audiencia -
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Word - Determinación de hechos, Conclusiones de hechos, Orden y Fallo -
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Word
Formularios necesarios para sobreseer el caso
- Lista -
PDF |
Word - Petición para sobreseer -
PDF |
Word - Orden y Petición para sobreseer -
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Word
Formularios necesarios para aplazar el juicio
Formularios necesarios para un fallo en rebeldía
- Lista -
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Word - Petición para asentar el Fallo en rebeldía -
PDF |
Word - Declaración de servicio militar -
PDF |
Word - Orden de servicio militar -
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Word - Fallo -
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Word - Notificación del fallo en rebeldía -
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Word
Formularios necesarios para un Fallo en rebeldía en un proceso de pago por consignación
- Lista -
PDF |
Word - Petición para asentar un fallo en rebeldía -
PDF |
Word - Declaración de servicio militar -
PDF |
Word - Orden de servicio militar -
PDF |
Word - Fallo de pago por consignación -
PDF |
Word - Notificación de fallo por rebeldía -
PDF |
Word
Formularios necesarios para revocar un sobreseimiento o un fallo en rebeldía
- Lista -
PDF |
Word - Petición para revocar -
PDF |
Word - Orden sobre la petición para revocar -
PDF |
Word
Formularios necesarios para apelar el caso
- Lista -
PDF |
Word - Hoja de presentación en Demandas civiles -
PDF |
Word - Notificación de apelación -
PDF |
Word
Todos los formularios de Reclamos menores
- Affidávit y Emplazamiento -
PDF |
Word - Affidávit y Emplazamiento en un proceso de pago por consignación -
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Word - Certificado de entrega formal del affidávit (Solo si se le hace entrega formal al demandado por correo registrado o mensajero comercial.) -
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Word - Contra affidávit y Emplazamiento -
PDF |
Word - Petición para sobreseer -
PDF |
Word - Orden sobre la petición para sobreseer -
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Word - Petición de aplazamiento -
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Word - Orden sobre la petición de aplazamiento -
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Word - Fallo -
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Word - Fallo de pago por consignación -
PDF |
Word - Petición para fallo en rebeldía -
PDF |
Word - Petición por un fallo en rebeldía en un proceso de pago por consignación -
PDF |
Word - Declaración de servicio militar -
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Word - Orden de servicio militar -
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Word - Notificación de fallo en rebeldía -
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Word - Notificación de sobreseimiento -
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Word - Petición para revocar -
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Word - Orden sobre la petición para revocar -
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Word - Notificación de apelación -
PDF |
Word - Acuerdo de convenio -
PDF |
Word - Petición para hacer valer un Acuerdo de convenio -
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Word - Notificación de audiencia sobre la petición para hacer valer el Acuerdo de convenio -
PDF |
Word - Determinaciones de hechos, Conclusiones de derecho, Orden y Fallo -
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Word
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